El Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS alertó a todos los pensionados sobre los pasos que deben tener en cuenta en caso de fallecer y no dejar desprotegidos a los suyos, debido a que pueden heredar la pensión del titular siguiendo una serie de pasos.
¿La Pensión del IMSS de un fallecido se transfiere en su totalidad?
La Pensión del IMSS no se puede transferir al 100% a los familiares del titular fallecido, pero sí existe una tabla de porcentaje que corresponde a lo expuesto en la Ley del Seguro Social de 1973:
90% para la esposa o concubina.
20% para los hijos, o 30% si son huérfanos de padre y madre.
20% para ascendientes que dependan económicamente del asegurado, en ausencia de cónyuge, huérfanos o concubina con derecho a pensión.
El Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS ha emitido un importante comunicado dirigido a todos los pensionados y sus familias, advirtiendo sobre los pasos a seguir en caso del fallecimiento del titular de la pensión, con el fin de asegurar que los seres queridos no queden desamparados. En este sentido, es relevante que los familiares tengan conocimiento de que la pensión del IMSS puede heredarse, aunque siguiendo ciertos procedimientos establecidos y cumpliendo con los requisitos que estipula la ley. A continuación, se detallarán los aspectos fundamentales que deben considerarse para acceder a esta pensión en caso de fallecimiento del pensionado, así como los tipos de pensiones que se pueden otorgar a los familiares directos.
¿Es posible transferir la pensión del IMSS en su totalidad tras el fallecimiento del titular?
No es posible transferir la pensión del IMSS al 100% a los familiares del pensionado fallecido, pero sí se contempla la entrega de un porcentaje según lo establecido en la Ley del Seguro Social de 1973. Los porcentajes dependen del tipo de relación que el solicitante tenga con el asegurado fallecido. En términos generales, los porcentajes son los siguientes:
90% de la pensión para la esposa o concubina.
20% para los hijos del fallecido, aunque este porcentaje puede elevarse al 30% si se trata de huérfanos de padre y madre.
20% para los ascendientes, en caso de que estos dependieran económicamente del pensionado y no existan cónyuges, hijos o concubinas con derecho a recibir la pensión.
Es importante subrayar que, aunque no se transfiere la pensión de manera completa, estos porcentajes permiten a los familiares seguir recibiendo un apoyo económico. Esta medida es parte de la protección que el IMSS otorga para garantizar el bienestar de los seres queridos del pensionado fallecido.
¿Qué se necesita para que los familiares puedan heredar la pensión del IMSS?
Cuando un pensionado del IMSS fallece, ciertos familiares tienen el derecho de solicitar una pensión mensual en función de su vínculo con el difunto. Los principales beneficiarios que pueden acceder a este derecho son los dependientes directos del asegurado, como sus hijos, cónyuges y padres. Para realizar este trámite, es necesario acudir a la Unidad de Medicina Familiar UMF más cercana al domicilio del solicitante y presentar los siguientes documentos esenciales:
1. Acta de defunción del pensionado: Este es un documento fundamental que certifica el fallecimiento del titular de la pensión.
2. Documentos de identificación del solicitante: Se debe presentar una identificación oficial vigente INE, pasaporte, etc. y, en algunos casos, una copia certificada del acta de nacimiento del solicitante.
3. Acreditación del vínculo familiar: Dependiendo de la relación que el solicitante tenga con el fallecido, se deberá demostrar dicho vínculo. Por ejemplo, el cónyuge deberá presentar el acta de matrimonio. En el caso de concubinas, se puede requerir documentación adicional que acredite la convivencia.
4. Clave Única de Registro de Población CURP: Tanto del pensionado fallecido como de los solicitantes.
5. Solicitud de pensión: Es necesario llenar un formato oficial en el que se solicita la pensión derivada del fallecimiento.
6. Comprobante de estudios: En el caso de los hijos que sean mayores de 16 años y menores de 25, deben presentar un comprobante de estudios vigente que demuestre que están cursando algún nivel educativo.
7. Comprobante de dependencia económica: Si son los padres del fallecido quienes solicitan la pensión, deberán demostrar que dependían económicamente de él.
Tras la entrega de toda esta documentación en las oficinas del IMSS, el solicitante deberá esperar un plazo de 60 días hábiles, tiempo en el cual se revisarán los documentos y se emitirá una resolución final.
Tipos de pensiones a las que pueden acceder los familiares del pensionado fallecido
El IMSS ha diseñado distintos tipos de pensiones para cubrir las necesidades de los familiares de un pensionado que ha fallecido. Estas pensiones están dirigidas a diferentes personas en función de su relación con el titular y de ciertos requisitos que deben cumplirse para poder acceder a ellas. A continuación, se describen los principales tipos de pensiones que se otorgan en estos casos:
Pensión por Viudez
Este tipo de pensión está destinado a la esposa o concubina del pensionado fallecido. Los principales requisitos que deben cumplirse para acceder a la pensión por viudez son los siguientes:
El asegurado fallecido debió haber acumulado un mínimo de 150 semanas de cotización, a menos que el fallecimiento haya ocurrido como consecuencia de un riesgo de trabajo. En este caso, no se exige el cumplimiento de dicho mínimo.
La esposa o concubina debe demostrar el vínculo con el fallecido. En el caso de la esposa, se presenta el acta de matrimonio, mientras que las concubinas deben acreditar la convivencia y dependencia.
En caso de que el fallecimiento sea por un riesgo de trabajo, se requiere un dictamen de los servicios médicos institucionales que certifique que el deceso fue resultado de dicha circunstancia.
Asimismo, la esposa o concubina debe comprobar que dependía económicamente del asegurado fallecido.
El Instituto Mexicano del Seguro Social IMSS implementa este sistema de pensiones con el objetivo de proteger a los familiares de los asegurados fallecidos. Esta estructura está diseñada para que aquellos que dependían económicamente del titular puedan continuar recibiendo un porcentaje de los ingresos que proporcionaba la pensión del difunto. Sin embargo, el proceso para obtener esta pensión no es automático y requiere seguir una serie de pasos y cumplir con los requisitos que marca la Ley del Seguro Social.
Proceso para heredar la pensión del IMSS
El fallecimiento de un pensionado no significa el cese inmediato de los beneficios para sus familiares directos. El IMSS tiene estipulado un procedimiento claro para que los familiares puedan acceder a la pensión del asegurado fallecido.
El primer paso para iniciar este trámite es acudir a la Unidad de Medicina Familiar UMF más cercana. Este centro será la oficina encargada de recibir y procesar la documentación requerida para evaluar si los familiares son elegibles para recibir la pensión y qué tipo de pensión podrán recibir. El trámite es de vital importancia para aquellos familiares que dependían económicamente del pensionado, ya que, aunque la pensión no se transfiere en su totalidad, el apoyo económico puede ser crucial para sobrellevar la pérdida.
Es necesario recordar que este proceso requiere una serie de documentos que acrediten tanto la relación familiar con el asegurado fallecido como la situación de dependencia económica. Entre los documentos más importantes se encuentran el acta de defunción, una identificación oficial, la Clave Única de Registro de Población CURP y la solicitud formal de pensión. Adicionalmente, para los hijos mayores de 16 años y menores de 25, es imprescindible presentar un comprobante de estudios que demuestre que aún están cursando algún nivel educativo. Para los ascendientes, como los padres del fallecido, se requiere presentar un comprobante que acredite que dependían económicamente del asegurado.
Una vez presentada toda la documentación, los familiares deberán esperar un plazo de 60 días hábiles para que el IMSS revise los documentos y emita una resolución. Este periodo de espera puede parecer largo, pero es esencial para garantizar que se cumplan todos los requisitos y que el proceso se lleve a cabo de manera justa y transparente.
Detalles importantes sobre los porcentajes de la pensión
Como se mencionó anteriormente, la pensión del IMSS no se transfiere al 100% a los familiares del titular fallecido. En su lugar, la Ley del Seguro Social establece una tabla de porcentajes que determina qué parte de la pensión será entregada a los diferentes familiares. Este esquema busca distribuir el apoyo económico de manera equitativa entre los dependientes del fallecido.
Esposa o concubina: Si el fallecido tenía una esposa o concubina, esta persona tiene derecho a recibir el 90% de la pensión que correspondía al titular. Es importante que la relación con el asegurado fallecido esté debidamente acreditada, ya sea mediante el acta de matrimonio en el caso de las esposas, o mediante la comprobación de convivencia en el caso de las concubinas.
Hijos: Los hijos del asegurado fallecido tienen derecho a recibir el 20% de la pensión. Este porcentaje puede aumentar al 30% en caso de que los hijos sean huérfanos tanto de padre como de madre. Es esencial que los hijos presenten el acta de nacimiento para acreditar su vínculo con el fallecido. Si son mayores de 16 años pero menores de 25, deberán además presentar un comprobante de estudios vigente.
Ascendientes padres: Si el pensionado fallecido no tiene cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión, sus ascendientes pueden reclamar el 20% de la pensión. Sin embargo, estos deben demostrar que dependían económicamente del fallecido. Este tipo de pensión es menos común, pero es crucial para los padres que hayan estado bajo el sustento del asegurado.
Tipos específicos de pensiones disponibles para los familiares
El IMSS ha diseñado distintos tipos de pensiones para adaptarse a las diferentes situaciones de los familiares del pensionado fallecido. Cada tipo de pensión está orientado a un grupo específico de beneficiarios, y los requisitos varían de acuerdo con las circunstancias y la relación del solicitante con el fallecido.
1. Pensión por Viudez
La pensión por viudez está dirigida a la esposa o concubina del asegurado fallecido. Para poder acceder a esta pensión, el asegurado debió haber acumulado al menos 150 semanas de cotización, salvo que el fallecimiento haya ocurrido debido a un riesgo de trabajo, en cuyo caso no es necesario cumplir con este requisito.
En el caso de las concubinas, la ley también reconoce su derecho a recibir la pensión, siempre que puedan demostrar que existía una convivencia estable y que dependían económicamente del asegurado fallecido. Es importante que las solicitantes acrediten este vínculo, ya sea mediante documentos de residencia conjunta o con la ayuda de testigos.
Si el fallecimiento del pensionado ocurrió debido a un riesgo de trabajo, el IMSS requiere un dictamen médico institucional que certifique que el deceso fue consecuencia directa de dicha circunstancia. Este dictamen es clave para definir el tipo de pensión que se otorgará y si se necesita hacer alguna consideración adicional en los cálculos del porcentaje correspondiente.
2. Pensión para Ascendientes
Cuando el asegurado fallecido no deja cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión, los padres del fallecido pueden solicitar una pensión por ascendencia. Esta pensión solo se otorga en ausencia de otros beneficiarios y siempre que los padres puedan demostrar que dependían económicamente del asegurado.
Además, el asegurado fallecido debe haber acumulado 150 semanas de cotización para que sus ascendientes puedan tener derecho a esta pensión. En los casos de fallecimiento debido a riesgos de trabajo, también se requiere un dictamen médico que confirme esta causa.
3. Pensión por Orfandad
Los hijos del pensionado fallecido también pueden acceder a una pensión, conocida como pensión por orfandad. Para los hijos menores de 16 años, basta con acreditar su relación filial con el asegurado fallecido. Sin embargo, los hijos que tengan entre 16 y 25 años deberán presentar un comprobante de estudios vigente que certifique que siguen estudiando para poder recibir la pensión.
Si el hijo presenta alguna enfermedad crónica o incapacidad que le impida valerse por sí mismo, también puede tener derecho a recibir la pensión más allá de los 25 años, siempre y cuando presente un dictamen médico que certifique su situación.
En el caso de fallecimientos derivados de riesgos de trabajo, al igual que en los otros tipos de pensiones, se requiere un dictamen médico institucional que confirme que el fallecimiento fue resultado de dichas circunstancias.
Conclusión
El sistema de pensiones del IMSS está diseñado para asegurar que los familiares directos de un pensionado fallecido puedan seguir recibiendo un apoyo económico. Aunque la pensión no se transfiere en su totalidad, los porcentajes estipulados permiten que los dependientes continúen recibiendo una parte del ingreso que proporcionaba el pensionado.
Es fundamental que los familiares del asegurado fallecido estén informados sobre los requisitos que deben cumplir y los documentos que deben presentar para acceder a la pensión. Cumpliendo con estos requisitos, los dependientes pueden asegurar un futuro financiero más estable, aun después de la pérdida del titular de la pensión.
Pensión para Ascendientes
Este tipo de pensión está dirigido a los padres del asegurado fallecido, pero solo se concede si no existe un cónyuge, hijos o concubina con derecho a pensión. Los requisitos para acceder a esta pensión son:
Se debe acreditar el vínculo filial con el pensionado fallecido y la dependencia económica que los ascendientes padres tenían respecto al asegurado.
El fallecido debe haber acumulado al menos 150 semanas de cotización.
Si el fallecimiento se debe a un riesgo de trabajo, también es necesario presentar el dictamen correspondiente de los servicios médicos institucionales.
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