El trámite que deben realizar trabajadores afiliados al IMSS o ISSSTE para poder obtener su pensión
La portabilidad de derechos permitirá unificar los años laborados en el IMSS e ISSSTE para que se tenga una mejor pensión.
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Si eres una persona trabajadora que ha cotizado, de manera simultánea o por periodos intermitentes, para el IMSS e ISSSTE, conoce cómo puedes obtener tu portabilidad de derechos para tener una mejor pensión. El trabajador que desee pensionarse por retiro, cesantía en edad avanzada o vejez, bajo la modalidad de portabilidad de derechos, deberá tramitar y obtener, previo a su solicitud de trámite de pensión, la constancia de períodos reconocidos en los servicios de afiliación de ambos Institutos.
Esto es, puedes tener ambas pensiones del IMSS y del ISSSTE para tu retiro si trabajaste para el sector público y el sector privado, cotizando antes de la Ley de 1997 del IMSS y no elegiste el sistema de bonos pensionales del ISSSTE. Pero si ese no es tu caso, también puedes traspasar tus derechos y años acumulados para unificarlas en una misma pensión, trámite conocido como "portabilidad".
Tanto ISSSTE como el IMSS cuentan con distintos esquemas de pensiones por separado, con requisitos y particularidades propias, a los cuales tienes derecho como trabajador.
Sin embargo, en 2009, ambos institutos firmaron un convenio de portabilidad, que permite a los empleados pasar del sector público al privado con el reconocimiento de sus derechos y años de servicio, ampliando y garantizando los beneficios de la seguridad social para todos los trabajadores.
¡jOjo! Si acumulaste semanas en ambas instituciones del seguro social, no puedes elegir la dependencia que quieras para recibir tu pensión al retirarte. El instituto que te otorgará tu pensión por retiro o cesantía en edad avanzada o vejez, será aquel en el cual hayas cotizado semanas por más tiempo; y bajo el régimen de la Ley del Seguro Social, no podrás obtener otra pensión de la misma naturaleza.
Requisitos para la portabilidad:
Contar con cotizaciones en ambos institutos (IMSS e ISSSTE).
Formar parte de la Ley 73 o 97 del Seguro Social (LSS 73 Y LSS 97) y pertenecer al Régimen de Cuentas Individuales ISSSTE.
Tener una edad mínima de 60 años (puedes iniciar el trámite en el transcurso del año anterior a cumplir la edad).
Estar en periodo de Conservación de Derechos en el IMSS (para pensiones LSS 73).
Contar con la constancia de Periodos Reconocidos ISSSTE-IMSS.
¿En qué Instituto de Seguridad debes de realizar el trámite?
El trámite se realiza en el Instituto de seguridad en la que se tiene la última cotización, pero si la baja fue de forma simultánea, puedes acudir al Instituto que desees.
Para elo, únicamente requieres:
Identificación oficial con fotografía.
CURP.
Copia del documento de elección o impresión del Expediente Electrónico Único que acredite que está bajo el régimen de cuentas individuales del ISSSTE.
Estado de cuenta de la Afore.
Para los trabajadores que han cotizado tanto al IMSS (Instituto Mexicano del Seguro Social) como al ISSSTE (Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado), obtener una pensión puede parecer un proceso complicado, pero existe una opción conocida como "portabilidad de derechos". Esta portabilidad permite que las personas unifiquen los periodos cotizados en ambos institutos para poder obtener una mejor pensión. Es decir, si trabajaste en el sector público y privado, tienes la posibilidad de transferir tus derechos acumulados en ambos sistemas de seguridad social para acceder a una única pensión, lo que puede aumentar el monto final de la misma.
La portabilidad de derechos es un mecanismo mediante el cual los trabajadores que han cotizado tanto al IMSS como al ISSSTE pueden sumar los periodos laborados en ambas instituciones, con el fin de acceder a una única pensión, pero bajo condiciones específicas. Esta opción es particularmente valiosa para aquellos trabajadores que han tenido empleos tanto en el sector público como en el privado a lo largo de su vida laboral.
El objetivo de la portabilidad de derechos es evitar que los trabajadores pierdan los años o semanas cotizadas en una institución al cambiarse de empleo, especialmente cuando se pasan del sector público al privado o viceversa. Esto se logró gracias a un acuerdo firmado en 2009 entre el IMSS y el ISSSTE, que permite reconocer los derechos y años de servicio acumulados en cualquiera de las dos instituciones. De esta forma, los empleados tienen garantizada una mayor seguridad social, al poder sumar sus cotizaciones en ambos institutos para una mejor pensión.
Sin embargo, es importante tener en cuenta que no todos los trabajadores son elegibles para obtener pensiones de ambos sistemas simultáneamente. La legislación actual establece que, si bien es posible unificar los periodos cotizados, la pensión será otorgada por la institución en la que se haya trabajado durante más tiempo. Esto significa que no se puede elegir libremente de qué institución recibir la pensión, sino que estará determinada por el número de semanas cotizadas.
Uno de los principales beneficios de la portabilidad de derechos es que ofrece una mayor flexibilidad a los trabajadores que han tenido carreras profesionales en múltiples sectores. Tradicionalmente, quienes trabajaban primero en el sector público y luego en el privado, o viceversa, podían encontrarse en una situación en la que las semanas cotizadas en un sistema no contaban para el otro, reduciendo las posibilidades de obtener una pensión significativa. Con la portabilidad, estos trabajadores pueden consolidar sus derechos y aumentar las posibilidades de recibir una mejor pensión al final de su vida laboral.
Además, la portabilidad permite que los trabajadores conserven los beneficios asociados a la seguridad social en ambos sistemas, lo que puede incluir servicios médicos, prestaciones por discapacidad y otros apoyos gubernamentales. Esto es particularmente importante en el caso de los trabajadores que han cambiado de sector laboral varias veces a lo largo de su carrera.
Otro beneficio clave es que, al consolidar los periodos cotizados, los trabajadores pueden evitar que los años laborados en uno de los sistemas se pierdan. En el pasado, era común que los empleados que trabajaban en diferentes sectores perdieran las cotizaciones de uno de los sistemas al no poder transferirlas. Esto significaba que, a pesar de haber trabajado por muchos años, los empleados no siempre podían calificar para una pensión completa. Con la portabilidad de derechos, esta situación ha sido corregida, permitiendo que los años cotizados se unifiquen y sumen para calcular la pensión final.
La portabilidad de derechos está disponible para los trabajadores que hayan cotizado en ambos sistemas, tanto IMSS como ISSSTE, ya sea de manera simultánea o en diferentes periodos. Esto significa que, si en algún momento de tu carrera profesional trabajaste para el gobierno y también en una empresa privada, y cotizaste para ambos sistemas, es probable que seas elegible para la portabilidad de derechos.
No obstante, hay algunas condiciones importantes que deben cumplirse. Por ejemplo, es necesario estar afiliado bajo ciertos regímenes de pensiones. En el caso del IMSS, debes haber cotizado bajo la Ley 73 o la Ley 97, que son las normativas que rigen las pensiones para trabajadores del sector privado. En cuanto al ISSSTE, debes pertenecer al Régimen de Cuentas Individuales, que es el sistema implementado para trabajadores del sector público.
Otro requisito es haber alcanzado la edad mínima para solicitar la pensión, que en la mayoría de los casos es de 60 años. Es importante señalar que puedes iniciar el trámite en el transcurso del año anterior a cumplir esta edad, lo que te permite planificar tu retiro con antelación y asegurarte de que todo esté en orden para cuando llegue el momento de solicitar la pensión.
Finalmente, es necesario contar con una constancia de Periodos Reconocidos, un documento que certifica los periodos cotizados en ambos institutos (IMSS e ISSSTE). Este es un paso clave en el proceso de portabilidad, ya que es la forma en que se verifica que has cotizado en ambos sistemas y que puedes unificar esos periodos para acceder a una pensión.
Obtener la constancia de Periodos Reconocidos es un paso esencial en el proceso de portabilidad de derechos. Este documento certifica los periodos cotizados tanto en el IMSS como en el ISSSTE, y es necesario presentarlo al momento de solicitar la pensión.
El trámite para obtener esta constancia debe realizarse en los servicios de afiliación y vigencia de derechos de ambos institutos. Para iniciar el proceso, debes acudir a las oficinas del IMSS y del ISSSTE con los documentos requeridos, que incluyen:
1. **Identificación oficial con fotografía**: Puede ser tu credencial de elector, pasaporte, cédula profesional o cualquier otra identificación oficial vigente que cuente con tu fotografía.
2. **CURP (Clave Única de Registro de Población)**: Es indispensable presentar este documento, ya que es el que permite verificar tu identidad y tus registros en ambas instituciones.
3. **Copia del documento de elección del régimen de pensión del ISSSTE**: En el caso de los trabajadores del ISSSTE, es importante presentar el documento que acredite bajo qué régimen de pensiones te encuentras (como el Régimen de Cuentas Individuales).
4. **Estado de cuenta de la AFORE**: Este documento es necesario para corroborar tus aportaciones al sistema de cuentas individuales, que es el que rige las pensiones en el caso de los trabajadores del sector público.
Una vez que hayas presentado estos documentos, el personal del IMSS y el ISSSTE verificará tus registros y emitirá la constancia de Periodos Reconocidos. Este documento es el que te permitirá unificar tus cotizaciones y proceder con el trámite de pensión bajo el esquema de portabilidad.
El trámite para obtener la pensión, una vez que se ha completado la portabilidad de derechos, debe realizarse en la institución en la que hayas cotizado durante más tiempo. Esto significa que, si has trabajado más años en el sector privado (IMSS), deberás solicitar tu pensión en el IMSS. Si, por el contrario, has trabajado más años en el sector público (ISSSTE), la pensión deberá ser tramitada en el ISSSTE.
En algunos casos, es posible que hayas cotizado de manera simultánea en ambos sistemas. En esta situación, puedes elegir la institución en la que desees realizar el trámite. Sin embargo, una vez que elijas una institución, no podrás cambiarla y deberás seguir con el proceso en esa misma entidad.
Es importante entender que tanto el IMSS como el ISSSTE ofrecen distintos tipos de pensiones, y los requisitos para acceder a ellas pueden variar según el sistema al que estés afiliado. En términos generales, las pensiones disponibles incluyen:
1. **Pensión por Retiro**: Este tipo de pensión está disponible para aquellos trabajadores que han alcanzado la edad de retiro y han acumulado suficientes semanas cotizadas en uno o ambos sistemas.
2. **Pensión por Cesantía en Edad Avanzada**: Esta pensión está diseñada para los trabajadores que, sin haber alcanzado la edad oficial de retiro, deciden dejar de trabajar debido a la edad avanzada.
3. **Pensión por Vejez**: Este es el tipo de pensión más común y está disponible para aquellos que han alcanzado la edad mínima de 60 años (o 65 años, dependiendo del sistema) y han cotizado el número de semanas requeridas.
Cada uno de estos tipos de pensión tiene sus propios requisitos y beneficios, y es importante consultar con las instituciones correspondientes para asegurarse de cumplir con todos los criterios antes de iniciar el trámite.
En algunos casos, los trabajadores pueden descubrir que no cumplen con los requisitos para acceder a la pensión bajo el esquema de portabilidad de derechos. Esto puede ocurrir si no has cotizado en ambos sistemas durante el tiempo suficiente, o si no cuentas con la edad mínima para solicitar la pensión.
Si te encuentras en esta situación, existen algunas alternativas. Por ejemplo, en el caso del IMSS, puedes optar por seguir cotizando hasta alcanzar el número de semanas necesarias para acceder a la pensión. Esto se conoce como el periodo de "Conservación de Derechos", que te permite seguir afiliado al sistema de seguridad social por un periodo determinado después de dejar de trabajar, con el fin de alcanzar los requisitos para la pensión.
Además, algunas personas pueden optar por una pensión reducida
si no han cotizado el tiempo suficiente para una pensión completa. Sin embargo, esta opción puede no ser ideal, ya que el monto de la pensión será significativamente menor.
El proceso para obtener una pensión a través de la portabilidad de derechos es una excelente opción para aquellos trabajadores que han cotizado tanto en el IMSS como en el ISSSTE. Al unificar los periodos cotizados en ambos sistemas, los trabajadores pueden acceder a una mejor pensión y garantizar una mayor seguridad económica en su retiro.
Sin embargo, es importante cumplir con todos los requisitos establecidos por ambos institutos, y seguir el proceso de manera ordenada para evitar complicaciones.
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